Es en esta época del año que cobra especial interés el tema de los aguinaldos. ¿Cuáles son los derechos y deberes de la empresa? ¿Cuál es la base para la entrega de los mismos? ¿Existe una fecha específica en que se deba pagar?
Nuestro sistema de remuneraciones es capaz de llevar un acabado rastreo de los aguinaldos, cuadrándolos efectivamente para que no existan problemas posteriores.
Ya en el mes de agosto del año comienzan las preguntas para recibir aguinaldo de fiestas patrias (a pagar en septiembre o el 31 de agosto). ¿Quiénes tienen derecho a recibirlo?
El Aguinaldo puede ser considerado como un beneficio que entregan las empresas a sus trabajadores. Ello con el objetivo de que puedan hacer frente a los gastos que nacen en celebraciones como las Fiestas Patrias y Navidad. Se puede entregar en dinero o en especies.
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¿Quiénes tienen derecho a recibir aguinaldo?
En nuestra legislación su entrega no es una obligación. Sin embargo existen excepciones. Es obligatorio para trabajadores del sector público y pensionados del Instituto de Previsión Social u otras instituciones como DIPRECA y CAPREDENA.
Asimismo, existe obligación de entrega para pensionados del Instituto de Seguridad Laboral, de las mutualidades de empleadores del Ley de Accidentes del Trabajo. Finalmente, los pensionados de AFP cuando reciban pensiones mínimas con garantía estatal o el Beneficio de Aporte Previsional Solidario también existe obligatoriedad en el beneficio.
Como ya dijimos, su entrega no es obligación para el sector privado salvo que dicho beneficio haya sido negociado contractualmente. Negociación llevada a cabo en contratos individuales, contratos o convenios colectivos. Adicionalmente, se debe considerar que de acuerdo a nuestra legislación cuando el aguinaldo ha sido entregado en forma recurrente durante un determinado período de tiempo (años en este caso), dicho beneficio puede ser considerado como un derecho adquirido. Al tomar esta connotación el pago se deberá considerar como una obligación.
Siguiendo en la línea anterior, tampoco podrá supeditarse su entrega y/o modificar su monto debido a problemas de índole económico de cualquier especie. Tampoco podrá unilateralmente modificarse la forma o la fecha de pago del aguinaldo.
¿Cómo debo cuadrar el aguinaldo en las remuneraciones?
El valor del aguinaldo debe ser considerado como una remuneración imponible y sujeta al impuesto de Segunda Categoría. Con la salvedad para trabajadores pensionados y del sector público ya mencionados en párrafo anterior.
¿Qué pasa con aguinaldos y quienes están con suspensión de contrato?
Respecto del pago de aguinaldo a trabajadores sometidos a suspensión temporal del contrato de trabajo según Ley N° 21.227, la Dirección del Trabajo a emitido al menos dos ordinarios. En ambos, se hace expresa mención a esta situación de pago (Ordinarios N° 139 del 14/01/2021 y N° 547 del 10/02/2021).
¿Qué pasa si acceso a un aguinaldo del IPS de forma fraudulenta?
De acuerdo a la autoridad, quienes accedan maliciosamente al aguinaldo y a sus incrementos deberán restituir multiplicada por cinco la cantidad percibida en exceso. Ello sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que pudieran corresponderles. En caso de que exista un mal cobro, hay un procedimiento para su devolución.
Los aguinaldos para pensionados IPS de este año en curso 2021 están publicados en la página de Chileatiende, puede verlos en esta dirección.