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ACLARACIÓN DE LA DT: Registro de asistencia remoto y presencial

aclaracion dt

En una reciente aclaración, la dirección del trabajo ha profundizado un poco en el registro de asistencia remoto en teletrabajo. ¿Es posible operar dos sistemas de control de asistencia, uno en teletrabajo y otro presencial? En posts anteriores, hemos tratado el tema teletrabajo y las multas en las que pueden incurrir las empresas de no cumplir con la ley.

Mediante Ordinario N° 1570 del 19 de mayo de 2021, la Dirección del Trabajo ha aclarado una consulta reiterada respecto de la utilización de Sistemas Informáticos de Registro de Control de Asistencia para aquellos trabajadores que laboran en modalidad de Teletrabajo o Trabajo a Distancia.

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¿Cuál fue la consulta?

A mayor abundamiento, en dicho documento se consulta expresamente por el uso de dos sistemas diferentes de control de asistencia. Los sistemas no operan en simultáneo: Uno es para marcación remota para teletrabajo y el otro a utilizar cuando el trabajador registre asistencia presencialmente.

Adicionalmente si el sistema de registro utilizado para el teletrabajo pudiera considerarse como un registro especial de asistencia. Esto con la finalidad de permitir excepcionar al empleador de la regla general de contar con un registro único de asistencia.

¿Y la respuesta?

De acuerdo a lo anterior el ordinario aclara que según los Ordinarios N° 1140/27 y 5849/133, se actualizó la doctrina en materia de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo. Actualización atendiendo el avance tecnológico y la existencia de nuevos parámetros que deben ser considerados y regulados para entregar certeza jurídica a las partes. Ello sobre una serie de labores que se desarrollan sin sujeción a un sistema de control de asistencia, por tratarse de servicios que deben prestarse fuera de las instalaciones del empleador.

Conforme lo anterior, se reitera que no existe inconveniente jurídico para que los trabajadores que se desempeñan en teletrabajo, se encuentren sujetos a un sistema de control de asistencia digital. Ello siempre y cuando dicho mecanismo se ajuste a las exigencias establecidas en los dictámenes ya citados en el párrafo anterior. Además, dichos trabajadores podrían combinar el trabajo a distancia con asistencia física a las dependencias de la empresa.

Adicionalmente, se expresa que los empleadores se encuentran obligados a mantener un solo registro de control de asistencia. Existen dos excepciones a la regla para esta definición:

a) Que según el rubro de la empresa que se trate, exista un sistema especial de control de asistencia (inciso 2° del artículo 33); y

b) Que la empresa mantenga diferentes faenas, sucursales u oficinas. En estos casos se podría implementar diferentes sistemas de control de asistencia, por ejemplo, un libro de asistencia y un sistema computacional de asistencia.

En resumen, ¿Aclaramos mejor el Registro de asistencia remoto y presencial?

Si, el dictamen nos dice que salvo las excepciones anteriormente expuestas, los empleadores están obligados a mantener un solo registro de control de asistencia.

Se aclara que el sistema computacional único de control de asistencia no obsta de mantener distintos mecanismos de marcación. Reiterando finalmente que los distintos mecanismos utilizados por el empleador no constituyen sistemas especiales de marcación.

Por lo tanto, si bien debemos mantener un solo registro de control de asistencia, el método con el cual queremos hacer el registro de asistencia remoto o presencial puede ser distinto; por ejemplo, puedo marcar por APP móvil en casa y en reloj físico cuando voy a la oficina.

¿Cómo me puede ayudar GENERA HR?

Dado lo expuesto en el ordinario citado, nuestra empresa dispone de los mecanismos necesarios para cumplir con la regla general citada en el ordinario. Esto le permitirá generar los controles necesarios para cumplir exactamente con las exigencias de la normativa legal.

GENERA HR provee en un solo registro de control de asistencia, distintos métodos para que sus trabajadores puedan hacer su registro de asistencia remoto y presencial.

Aquí puedes encontrar el ordinario

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